Junta Central Electoral emite resolución permite votar a ciudadanos figuran padrón exterior
Publicado el 16-05-2008 por Feliz Rubio

La Junta Central Electoral emitió esta tarde una resulución en la que en efecto autoriza, a los ciudadanos con domicilio permanente en el territorio nacional, y que figuran en el Padrón de Electores del exterior, a votar en el lugar que indique su cédula de identidad y electoral, bajo la modalidad de “voto observado”, previo cumplimiento de las previsiones establecidas al respecto en el articulo 119 de la Ley Electoral 275-97.
Dispuso además que las juntas electorales informen sobre la misma en los colegios electorales, a los fines de garantizar el cumplimiento de la presente resolución.
Ordena además la publicación y notificación de la presente Resolución conforme a lo establece la ley, asà como su cumplimiento y ejecución de manera inmediata.
La Resolución en tal sentido està firmada por los jueces de la Cà mara Administrativa Roberto Rosario quien la preside y los jueces César Francisco Féliz y Féliz, José Angel Aquino y Flor Alba Sanz Galay, secretaria
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